viernes, 23 de octubre de 2009

Fe de erratas parlamentarias: oposición cerril y falta de conocimientos

Por Fernando Del Corro (x)

En lo que va de este Siglo XXI, es decir a partir de 2001, el Congreso de la Nación en la Argentina modificó por el mecanismo de “fe de erratas” nada menos que catorce normas legales aprobadas con errores en sus textos. De ellas una con la actual conformación del parlamento y tres de ellas bajo la gestión legislativa que acompañó al ex presidente Eduardo Alberto Duhalde cuyos seguidores hoy forman parte de la más dura oposición a la actual primera mandataria Cristina Fernández.


Un par de semanas atrás desde lo más cerril de la oposición se encaró una fuerte campaña destinada a cuestionar la sanción de la Ley de Medios Audiovisuales en razón de que en la misma se había introducido una fe de erratas. Muchos de los parlamentarios que hacen los cuestionamientos ya lo eran en las ocasiones anteriores y hasta el propio vicepresidente de la Nación, Julio César Cleto Cobos, ocupaba ese cargo cuando el 25 de marzo de 2008 se practicó la corrección previa a la ahora discutida y sin que realizara el menor cuestionamiento al respecto, mientras que hoy pide una ley correctiva.

La historia de las fe de erratas en este Siglo XXI arrancó el 4 de septiembre de 2001 cuando la Cámara de Diputados advirtió al Senado que en el artículo 14 de la Ley Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, originalmente se habló de la “Comisión Nacional de Actividades Aeroespaciales cuando se trataba, como quedó, finalmente, de la “Comisión Nacional de Actividades Espaciales”, al tiempo que, en el mismo artículo, se decía originalmente “El Instituto Nacional del Agua y el Ambiente” (INAA), cuando tras la fe de erratas quedó “El Instituto Nacional del Agua (INA)”.

El año 2002 fue el que en este período registró la mayor cantidad de “fe de erratas” junto con el 2004 y el 2005. Las mismas comenzaron con una comunicación del 11 de marzo con la Ley General del Ambiente con dos correcciones. Una, en el artículo 31, modificó “comisión del año ambiental colectivo” por “comisión del daño ambiental colectiva”, y la otra, en el 32, cambió “medida preparatoria” por “medida precautoria”.

Por otra comunicación, el 23 de mayo se volvió a utilizar el mecanismo con motivo de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos donde se alteró en el artículo 10 “previstas en el artículo anterior” por “previstas en el artículo octavo” y el 26 de diciembre de ese año en la Ley de Presupuestos de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el año 2003, en el artículo 36, donde originalmente decía “a que hacen referencia los artículos 36 y 37” tras el retoque quedó “a que hacen referencia los artículos 34 y 35”, haciéndose uso del mismo mecanismo en el artículo 45 al reemplazar “dispuestos en el artículo 38” por “dispuestos en el artículo 36”.

Luego de haber transcurrido el 2003 sin novedades en la materia en el 2004 se inauguró una serie de otras tres con una comunicación del 14 de abril referida a un proyecto de ley por el que se transfería a la Provincia de Córdoba un inmueble del Estado Nacional. Al respecto, se reemplazó “(Ferrocarril General Bartolomé Mitre); del punto C1 al C2, 2G, 13m, lindando con José Minetti” por “(Ferrocarril General Bartolomé Mitre); del punto C1 al C2, 26,13m, lindando con José Minetti”.

Y una semana después, el 21 de abril, en el proyecto de ley de reforma del Código Penal en lo referido al delito de abigeato, se practicaron nada menos que cinco “fe de erratas”, cuatro de ellas en el artículo 3 y una en el artículo 7. Las mismas fueron los reemplazos de “Artículo 167 bis” por “Artículo 167 ter”; “Artículo 167 ter” por “Artículo 167 quater” y, nuevamente, “artículo 167 ter” por “artículo 167 quater” en el primero de los artículos mencionados y otra vez más, en el séptimo, “artículo 167 ter” por “artículo 167 quater”.

Ya en el 2005, el 8 de febrero, en una reforma de la Ley 22.415 del Código Aduanero y la 25.603 de disponibilidad de bienes de terceros en depósitos aduaneros, incluso se incluyó una “fe de erratas” en una norma ya promulgada y publicada en el Boletín Oficial. Allí, en el artículo 42 del Título 1 que reforma el artículo 1.126 del Código Aduanero, se cambió “La ejecución judicial prevista en el artículo 25” por “La ejecución judicial prevista en el artículo 1.125”.

El 30 de mayo, en un proyecto referido a la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la locación y explotación de espacios de espacios destinados a ser sedes de encuentros internacionales, en su artículo 1, apartado 28, inciso h, referido al artículo 7 de la Ley del IVA que se incorporaba en esa ocasión, se reemplazó, tras el término “territorial” el signo punto (.) por el signo coma (,) y continuar con letra minúscula inicial la palabra “todos”. Asimismo se modificó que entre las expresiones “y sus modificaciones” y “A los efectos del párrafo precedente” la separación original de “punto seguido” por “punto aparte”.

El 4 de octubre del mismo 2005, en norma referida al Consejo de la Magistratura, en el artículo 1 se modificó “Incorpórase como inciso 16” por “Incorpórase como inciso 17”. Esta fue la sexta y última fe erratas correspondiente al período en cuestión remitida por la Cámara de Diputados a la de Senadores ya que las otras ocho fueron en sentido inverso, la octava y también postrera de ellas giradas bajo la presidencia de Cobos en la cámara alta.

Continuando con las comunicaciones senatoriales a la cámara baja, el 28 de agosto, en el texto aprobando la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias”, se cambió “Apruébase la Convención Interamericana sobre la protección de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias” por “Apruébase la Convención Internacional sobre la Protección de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias”.

Durante el 2007 hubo dos “fe de erratas”. La primera de ellas fue comunicada el 24 de abril referida a la creación de juzgados federales en la ciudad de San Justo, Partido de La Matanza, en la Provincia de Buenos Aires. Allí, en el artículo 8 se cambió “Créase una (1) Defensoría Oficial” por “Créase una (1) Defensoría Pública Oficial”, y en el artículo 9 “Créase una (1) Defensoría Oficial” por “Créase una (1) Defensoría Pública Oficial”.

Asimismo el 27 de noviembre de ese 2007, en el proyecto de ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Bosques Nativos, se produjo la siguiente alteración del orden. Originalmente se decía “Artículo 40.- En los casos de bosques nativos que hayan sido afectados por incendios o por otros eventos naturales o antrópicos que los hubieren degradado, corresponde a la autoridad de aplicación de la jurisdicción respectiva la realización de tareas para su recuperación y restauración, manteniendo la categoría de clasificación que se hubiere definido en el ordenamiento territorial. Capítulo 12. Disposiciones complementarias”. En su lugar la “fe de erratas” cambió dicho orden por “Capítulo 12. Disposiciones complementarias. Artículo 40.- En los casos de bosques nativos que hayan sido afectados por incendios o por otros eventos naturales o antrópicos que los hubieren degradado, corresponde a la autoridad de aplicación de la jurisdicción respectiva la realización de tareas para su recuperación y restauración, manteniendo la categoría de clasificación que se hubiere definido en el ordenamiento territorial”.

Por último, el 25 de marzo de 2008, el Senado, ya presidido por Cobos, envió a los diputados una comunicación referida a una “fe de erratas” referida al tratamiento del proyecto de ley ratificando la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La modificación, referida señala que en lugar de “Artículo 1.- Ratifícase” la norma debe establecer “Artículo 1.- Apruébase”.

Los legisladores y demás sectores de la oposición que cuestionan las nuevas “fe de erratas” introducidas en dos artículos de la ley audiovisual de reciente sanción no han planteado ningún cuestionamiento de fondo a la cuestión sino, solamente, la presunta irregularidad de las formas. Muchos de ellos llevan años en el Congreso de la Nación mientras se practicaron algunas de las modificaciones formales antes señaladas pero ésta es la primera vez que la cuestión pasa a ser tema de protesta mediática y de intento de revisión en las cámaras por lo que todo indica que no es la cuestión de forma del retoque sino el fondo mismo de la ley la que dio lugar al escandalote.

(x) Periodista, historiador graduado en la Facultad de Filosofía y Letras (FyL) de la Universidad de Buenos Aires (UBA), docente en la Facultad de Ciencias Económicas (FCE) de la UBA en “Historia Económica Argentina” y subdirector de la carrera de “Periodismo económico” y colaborador de la cátedra de grado y de la maestría en “Deuda Externa”, de la Facultad de Derecho de la UBA. Asesor de la Comisión Bicameral del Congreso Nacional para la Conmemoración del Bicentenario 1810-2010. De la redacción de MERCOSUR Noticias.

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